REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002878
PARTE ACTORA: CLAUDIA OLAIZOLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RICARDO ARTURO NAVARRO URBÁEZ
PARTE DEMANDADA: AVON COSMETICS DE VENEZUELA C.A.,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE SANCHEZ y otros.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veintiuno (21) de noviembre de dos mil trece (2013), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que comparece el abogado JOSE SANCHEZ, inscrito en el IPSA Nº 81.083, apoderado judicial de la demandada según se verifica de instrumento poder que presenta en copia para ser insertado a los autos, en este estado se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.


El Juez Titular

El Secretario

Abg. Aníbal F. Abreu Portillo


Abg. Oscar Castillo.



El apoderado de la demandada: