REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 26 de noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP11-M-2011-000331
MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA
DECISION: (INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA)
PARTE DEMANDANTE: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A, empresa mercantil de este domicilio e inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 15 de enero de 1.938, bajo el Nº 30, cuya ultima modificación estatutaria quedó inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 07 de febrero de 2002, bajo el Nº 74, Tomo 8-A-Cto.
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: DORLYNG LIZ CAMEJO MARTINEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.947
PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil FANARTE, COMPAÑÍA ANONIMA, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 03 de abril de 1968, bajo el Nº 24, Tomo 25-A, cuya ultima modificación quedó inscrita ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 de mayo de 2000, bajo el Nº 17, Tomo 32-A Cto; y la
Sociedad mercantil SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS 727, C.A., empresa de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de noviembre de 1994, bajo el Nº 49, Tomo 159-A Pro.
Ciudadana MERCEDES JOSEFINA GARCIA de FEBRES-CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.613.559, en su carácter de fiadores solidarios y principales pagadores
-I-
ANTECEDENTES
Se inició el presente juicio mediante libelo de demanda proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, correspondiendo su conocimiento a este Juzgado.
En fecha 14 de Julio de 2011, se dictó auto de admisión, ordenándose la intimación de la parte demandada.
Por diligencia de fecha 10 de agosto de 2011, el abogado JOSE GABRIEL DIAZ, consignó fotostatos para la compulsa.-
En fecha 29 de septiembre de 2011, el apoderado actor solicitó pronunciamiento en cuanto a los particulares 5 y 6 del escrito de demanda.-
En fecha 07 de octubre de 2011, el Tribunal dictó auto pronunciándose conforme al artículo 96 del decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, ordenándose la notificación de la misma, la suspensión de la causa por (90) días contados a partir de la fecha de consignación en autos de las resultas de la notificación.-
En fecha 25 de octubre de 2011, se dejó constancia de haberse librado oficio ordenado.-
En fecha 13 de enero de 2012, se recibieron resultas emanadas de la Procuraduría General de la República relativas a la suspensión de la causa.-
En fecha 19 de enero de 2012, la apoderada actora solicitó se libren compulsas.-
Por auto de fecha 29 de febrero de 201, el tribunal, vistas las resultas procedentes de la Procuraduría General de la Republica ordenó la continuidad del juicio y se libró boleta de intimación.-
En fecha 20 de marzo de 2012, comparece el ciudadano Jeferson Contreras alguacil encargado de la práctica de la intimación ordenada, dejando constancia de la imposibilidad de practicar dicha intimación, consignando boleta sin firmar.-
En fecha 25 de abril de 2012, la apoderada actora solicitó la citación mediante cartel.-
Por auto de fecha 22 de mayo de 2012, el tribunal ordenó oficiar al (CNE) y al (SAIME) solicitando información del último domicilio y movimiento migratorio de la parte demandada, librándose en esta misma fecha los respectivos oficios.-
En fecha 18 de junio de 2012, se recibieron resultas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería.-
En fecha 17 de julio se apertturó cuaderno de medidas.-
En fecha 14 de agosto de 2012, comparece la abogada Melissa Almeida, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 127.982 consignando poder que le fuera otorgado por la parte demandada, y se dio por citada en la causa. Asimismo, en esta fecha se recibieron resultas del Consejo Nacional Electoral (CNE).-
En fecha 20 de septiembre de 2012, se recibieron resultas del SENIAT.-
En fecha 01 de marzo de 2013 la apoderada actora solicitó el desglose de la compulsa a los fines de practicar la intimación de la parte demandada en la dirección apoderada por el SENIAT.-
En fecha 07 de agosto de 2013, la apoderada actora solicitó la intimación de la empresa FANARTE, C.A., en la persona de su presidenta Maria Mercedes Camperos Camero.-
Por auto de fecha 14 de octubre de 2013, el Tribunal hizo algunos señalamientos, respecto a la intimación de los demandados, ordenándose la intimación de la firma FANARTE; C:A., en la persona de su presidenta Maria Mercedes Camperos, en la dirección aportada por el intimante, ordenándose asimismo el desglose de las compulsas para la práctica de las mismas.-
Por último la abogada Dorlyng Camejo actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en forma expresa manifestó: DESISTO DE LA DEMANDA. Asimismo consigna carta de autorización de la Junta Directiva del Banco Industrial de Venezuela.-
Por consiguiente, este Tribunal da por CONSUMADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, formulado por la parte actora, en consecuencia se da por terminado este proceso y se ordena el archivo del expediente.
-II-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO suscrito por la abogada DORLYNG CAMEJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.947, actuando en su carácter de apoderado judicial de parte actora; se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de Noviembre del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ
LA SECRETARIA
Abg, SONIA CARRIZO ONTIVEROS
En esta misma fecha, siendo las 10:12 a.m., previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA ACC
Asunto: AP11-M-2011-000331
LEGS/SCO/Adalid S.
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