REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecinueve (19) de noviembre de 2013.-
Años 203° y 154°
Vista la diligencia que antecede presentada por el ciudadano RAFAEL JOSE GONZALEZ GUILLERMO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.396.765, asistido por la abogada ANA ISABEL VICENTE GARRIDO, en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.622, mediante la cual consignó las copias de las cédulas de identidad requerida por el Tribunal, según auto de fecha 23 de septiembre de 2013. En consecuencia ADMITE la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la ley., en consecuencia, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, de los ciudadanos RAFAEL JOSE GONZALEZ GUILLERMO y GENNY COROMOTO RODRIGUEZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.396.765 y V-6.997.141, respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignada por los solicitantes los fotostatos correspondientes. Con respecto a los bienes, estos quedan separados tal y como fue señalado en el escrito de solicitud, según lo establecido en el artículo 190 del Código Civil. Cúmplase.
LA JUEZ,
MARITZA J. BETANCOURT
EL SECRETARIO,
JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se solicitan fotostatos de la decisión y del presente auto para proveer.-
EL SECRETARIO,
JONATHAN GUILLEN
Exp. AP31-S-2013-007798
Yuri