ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003365
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO CENTENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YUPANQUI ERAZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 121.992
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ARMINDA ALVAREZ, LILIAN DOMINGUEZ OSPINO abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el número 68.031 y 60.137
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 15 de Noviembre de 2013 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la apoderada judicial del ciudadano JOSE GREGORIO CENTENO, abogada YUPANQUI ERAZO inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 121.992, y por la entidad de trabajo VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA las ciudadanas ARMINDA ALVAREZ Y LILIAN DOMINGUEZ OSPINO abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el número 68.031 y 60.137, respectivamente, según copia del instrumento poder que consignan a los autos. Dándose Inicio a la audiencia preliminar ambas partes de mutuo acuerdo señalan al tribunal su decisión de Convenir la presente causa, y a los efectos la demandada entrega Cheque a la parte actora por la suma de NUEVE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 9.000,00), por todos los conceptos reclamados en el libelo de la demanda lo cual la parte accionante acepta en conformidad, este Juzgado vista la manifestación de ambas partes HOMOLOGA dicho convenimiento, se consigna copia del cheque a nombre del trabajador demandante, por la suma indicada. ES TODO, TERMINO, SE LEYO Y CONFORME FIRMAN.
EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SÁNCHEZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
ABG. YORMAN GARCIA MARTINEZ
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