REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Miércoles 13 de Noviembre del 2013
203º y 154°
ASUNTO: DP11-L-2013-000332.
Por recibido la presente solicitud en fecha 07 de Noviembre del 2013 este Tribunal visto el escrito de DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, presentado por la parte Actora en la presente causa Ciudadano WILLIAM RAFAEL GONZALEZ BORGES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 12.141.952, actuando asistido de la Abogada NINA PEREZ , titular de la Cédula de Identidad Numero 8.551.631, e inscrita en el IPSA bajo el Nro. 170.571, contra la “Sociedad Mercantil GRUPO DE SEGURIDAD MUDIAL C.A. (GRUSERMUNCA).” de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. este Tribunal visto que no es contrario a derecho , este Juzgado se pronuncia de la siguiente manera.
HOMOLOGACION
En virtud de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente ..- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-
LA JUEZA,
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ
EL SECRETARIO,
ABG. JOSE NAVA SALAZAR.
|