Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 05 de noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2013-019920

Vista la Solicitud de Cúratela presentada por el ciudadano JOSE MANUEL NOGALES, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-13.216.957, asistido por la Abogada YURELYS SAEZ, Inscrita en Inpreabogado bajo el N° 150.528, este Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona de la ciudadana ALICIA DEL VALLE VELASQUEZ, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-12.614.436, el cargo de CURADORA AD-HOC, de la niña de la niña SE OMITEN DATOS CONFORME AL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surtan sus efectos legales correspondientes. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ,

Dr. RAFAEL VILLAVICENCIO PIÑA.-
LA SECRETARIA,

Abg. DAYANNA ESTABA.-






RVP//DE//JCBM.-