REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Cuarto 14° de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Caracas, veinticinco (25) de Noviembre de 2013
°203 y °154
ASUNTO: AP51-J-2013-021451
Visto el escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D), en fecha 30/10/2013, por los ciudadanos, CARLOS JAVIER CARDONA SERRANO y MARIBEL DEL CARMEN DOMINGUEZ PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V- 9.095.402 y V- 10.870.727, respectivamente; mediante el cual llegaron a un acuerdo en cuanto a las Instituciones Familiares de: Responsabilidad de Crianza (custodia) y Obligación de Manutención, a favor de sus hijos, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de diez (10) y catorce (14) años de edad, respectivamente. En consecuencia, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dichos acuerdos en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos en su escrito libelar; se le imparte su aprobación, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, de conformidad con lo establecido en los artículos 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda la Expedición por secretaría de dos (02) juegos de copias, a tales efecto se insta a los solicitantes a consignar los fotostatos correspondients. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. ENOE CARRILLO CASTELLANOS.
La Secretaria,
Abg. LUISA OLIVEROS
En esta misma fecha, se registró y publicó la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
La Secretaria,
Abg. LUISA OLIVERO
ECC/LO/LISETH