REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 15 de noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2010-003922
JUEZ: ABG. OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ ARAQUE
IMPUTADOS:
1. Eli Saúl Arcaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V- Venezolano, nacido en: Barquisimeto, fecha de nacimiento: 13-08-1966, de 44 años de edad, Estado Civil: Soltero, de Ocupación: Técnico Electricista, hijo de Otilio Sánchez y Silvia Arcaya, residenciado en:. Se deja constancia que previa verificación del Sistema Juris 2000 el imputado no presenta causas por los Tribunales Penales de este Circuito.
2. Antonio Ramón Gómez Velandria, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, Venezolano, nacido en: Caracas, fecha de nacimiento: 07-03-1971, de 40 años de edad, Estado Civil: Soltero, de Ocupación: Tecnico Mecánico Mantenimiento, hijo de Carlos Rafael Gómez Lozada y Gilceria Francelina Velandria Díaz (+), residenciado en:. Se deja constancia que previa verificación del Sistema Juris 2000 el imputado no presenta causas por los Tribunales Penales de este Circuito.
3. Paúl Egiddio Montagne, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, Venezolano, nacido en: Valencia, fecha de nacimiento: 14-09-1974, de 36 años de edad, Estado Civil: Casado, de Ocupación: Ingeniero Electricista, hijo de Paúl Egiddio y Nancy Montagne, residenciado en: . Se deja constancia que previa verificación del Sistema Juris 2000 el imputado no presenta causas por los Tribunales Penales de este Circuito

DEFENSA PRIVADA: ABG. PEDRO MORLE 136185
FISCAL 4º DEL M.P.: ABG. REINA FRANQUIZ solo por este Acto por la Fiscal 3º del M.P.
DELITO: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal 3º del Código Penal

Fundamentación de la ampliación de la
SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO

Corresponde a este Tribunal de Control Nº 5, fundamentar ampliación de la Suspensión Condicional del Proceso que le fuera acordada en Audiencia celebrada el día 10 de Octubre de 2013, a los imputados: Eli Saúl Arcaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, Antonio Ramón Gómez Velandria, titular de la Cédula de Identidad Nº V- y Paúl Egiddio Montagne, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, por la comisión del delito: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal 3º del Código Penal



Desarrollo De La Audiencia:

Siendo el día fijado, se constituye el Tribunal de Control Nº 05 de este Circuito, integrado por el Juez Abg. Oswaldo José González Araque, el Secretario de Sala Abg. Anagabriela Apóstol y el Alguacil de Sala Douglas Paez, con el objeto de dar inicio a la Audiencia de conformidad a lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal. Dejándose constancia de la comparecencia de las partes identificadas previamente al inicio del acta. En tal virtud, la Juez acordó dar inicio al acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Código Orgánico Procesal instruyendo a los presentes sobre las formalidades del acto. Subrayando que la presente audiencia no tiene carácter contradictorio, ni es posible debatir cuestiones que le son propias del Juicio Oral y Público. El Tribunal le cedió la palabra al imputado de autos y les instruyó del precepto constitucional inserto en el numeral 5 del artículo 49 de la Carta Magna que establece una garantía en su favor, al establecer que no está obligada a rendir declaración en su contra; salvo a los fines de su defensa. Así mismo, le fueron explicado de modo claro y sencillo, los hechos que les atribuye la Representación Fiscal y los que motivan la presente audiencia, así como se le informó de los derechos y garantías que le ofrece el ordenamiento jurídico venezolano y sobre las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso (como lo son los acuerdos reparatorios, la suspensión condicional del proceso y el principio de oportunidad) y del Procedimiento Especial por admisión de los hechos establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Frente a lo cual, Eli Saúl Arcaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, Antonio Ramón Gómez Velandria, titular de la Cédula de Identidad Nº V- y Paúl Egiddio Montagne, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, libre de juramento, así como de toda coacción o apremio, manifestó cada uno por separado su voluntad y en consecuencia expuso en los siguientes: “no deseo declarar, Es todo”. SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA DEFENSA, QUIEN EXPONE. Solicito se les otorgue nuevamente el lapso para el cumplimiento de la Suspensión ya que no pudieron cumplir por circunstancias de trabajo, ya que dos están en valencia, y uno de ellos cambio de domicilio, es por lo que solicito se oficie a la Unidad Técnica de Valencia Estado Carabobo, a fin de que los ciudadanos Paul Montagne y Antonio Gómez Velandria cumplan con las medidas de suspensión condicional en dicha unidad, y Eli Saul Arcaya si la cumpla en la Unidad Técnica de este Estado, comprometiéndose a cumplir con las condiciones que imponga el Tribunal en esta nueva oportunidad. Es todo. EN ESTE ESTADO, PROCEDIÓ A CONCEDERLE LA PALABRA A LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO QUIEN EXPONE: en virtud de lo expuesto por la defensa técnica y en virtud de que manifiesta que sus defendidos cumplirán con las condiciones impuestas solicito se le conceda una nueva oportunidad a fin de dar cumplimiento con lo solicitado por el imputado de autos. Es todo.

Dispositiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda:

PRIMERO: Este tribunal oída la exposición de las partes acuerda de conformidad con el art. 47 del código orgánico procesal penal ratificar las condiciones impuestas a los imputados de autos Eli Saúl Arcaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, Antonio Ramón Gómez Velandria, titular de la Cédula de Identidad Nº V- y Paúl Egiddio Montagne, titular de la Cédula de Identidad Nº V- en fecha 09-08-2011.

SEGUNDO: En aras de dar una nueva oportunidad al imputado SE ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS a los acusados Eli Saúl Arcaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, Antonio Ramón Gómez Velandria, titular de la Cédula de Identidad Nº V- y Paúl Egiddio Montagne, titular de la Cédula de Identidad Nº V- imponiendo las condiciones previstas en el articulo 44 del Código Orgánico Procesal Penal como lo es: 1.- Mantenerse en la dirección aportada y en caso de cambio de dirección debe informar al tribunal. 2.-Permanecer en el trabajo que manifiesta tener o en una ocupación fija e informar al tribunal. 3.- Someterse a la vigilancia del Delegado de Pruebas. Debe comparecer ante la UNIDAD TECNICA DE APOYO PENITENCIARIO DE VALENCIA, EDO. CARABOBO PARA LOS IMPUTADOS Antonio Ramón Gómez Velandria, titular de la Cédula de Identidad Nº V- y Paúl Egiddio Montagne, titular de la Cédula de Identidad Nº V-, y presentarse ante su delegado de prueba. Y para el ciudadano Eli Saúl Arcaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V- Debe comparecer ante la UNIDAD TECNICA DE APOYO PENITENCIARIO DE ESTA CIUDAD, LIBRESE LOS OFICIOS CORRESPONDIENTES. Se ordena el cese de todas las medidas que pesan sobre el imputado de autos.- Regístrese, publíquese, cúmplase lo ordenado.-




El Juez de Control Nº 5

El Secretario

Abg. Oswaldo José González Araque