Comisión: 06087
LEYSLETH MAYURLETH ACOSTA DIAZ/ CARMEN ISABEL MORANDI LOPEZ.
En horas de Despacho del día de hoy 21 de Octubre de 2.013, siendo las 8:45 a.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constituido por: el Juez Abg. Cesar Natera Arrioja, la Secretaria Abg. Angelica Campos y acompañado por el abogado en ejercicio MARIO YOJHAN BASIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.373, apoderado judicial de la parte demandante LEYSLETH MAYURLETH ACOSTA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.375.903, a los fines de practicar lo ordenado por el Tribunal comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, el cual Ordeno Medida Cautelar Innominada del inmueble objeto del Contrato, en tal sentido, deberá poner en posesión a la ciudadana MAYURLETH ACOSTA DIAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 16.375.903, el inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, ubicada en la manzana 6, casa 04 de la Urbanización las Cayenas, situada en Terrazas del Oeste, entre calle vía San Jaime y entrada de los Altos de Paramaconi, de este Ciudad de Maturín, Estado Monagas, y cuya parcela de terreno tiene un área aproximada de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 MTS 2), la cual se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con parcela 3, de la Manzana 6 de la Urbanización las Cayenas, SUR: Con parcela 5, de la Manzana 6 de la Urbanización las Cayenas; ESTE: Con parcela 59, de la manzana 6 de la Urbanización las Cayenas y por el OESTE: Con avenida 2 de la urbanización las Cayenas, el cual fue adquirido por la demandada, según consta de documento debidamente protocolizado por ante el Registro Publico Subalterno del Primer Circuito del Municipio Maturín del Estado Monagas, bajo el Nro 29, Protocolo Primero, Tomo N° 16, de fecha 24 de Mayo de 1994., comprometiéndose a cuidarlo y conservarlo en buen estado, con todas las obligaciones inherentes a las de un depositario, mientras dure el presente procedimiento judicial, todo ello con motivo del Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, incoado contra la ciudadana: CARMEN ISABEL MORANDI LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.048.163. Y siendo las 10:00 a.m., se constituyo el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. El Tribunal hace constar dentro del inmueble se encontraba una ciudadana, la cual no quiso identificarse, negándose a permitir el acceso del inmueble y manifestando que ella vive ahí, y que no iba a mostrar su cédula de identidad. Es todo. Acto seguido interviene la parte ejecutante y expone: Me permito señalar a este digno Tribunal la situación engañosa enmascarada y simulada que por parte de la hoy demandada en contumacia con los ciudadanos que ocupan el inmueble objeto de esta medida tratan de ver en este acto, con intención de que no se cumpla el estado de justicia y derecho que tiene mi representada por el cumplimiento de contrato de compra- venta del inmueble objeto de la medida. Igualmente me reservo el derecho de acudir a cualquier tribunal competente para hacer valer el derecho violado y vulnerado a mi defendida en este acto. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal y expone: Por cuanto el inmueble se encuentra ocupado y a los fines de evitar daños a terceros, este Tribunal Ordena retirarse del Lugar y remitir las actuaciones al Tribunal Comitente a los fines legales consiguientes. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:50 a.m.
EL JUEZ

ABG. CESAR NATERA EL APODERADO ACTOR
ABG. MARIO YOJHAN BASIL

LA PERSONA NOTIFICADA

LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA CAMPOS