Comisión: 06068
EDINSON ALBERTO PRIMERA LAGOS/ SOCIEDAD MERCANTIL TBC BRINADD VENEZUELA C.A
En horas de Despacho del día de hoy 03 de Octubre de 2.013, siendo las 9:30 a.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constituido por: el Juez Abg. Cesar Natera Arrioja, la Secretaria suplente Abg. Peddys García y acompañados por el Abogado en ejercicio GILBERTO AREYAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.940, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano EDINSON ALBERTO PRIMERA LAGOS, a los fines de practicar la Medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Tribunal Comitente JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en el juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentado contra SOCIEDAD MERCANTIL TBC BRINADD VENEZUELA C.A, y siendo las 10:10 a.m, se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Zona Industrial, Galpón S/N. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por un perito avaluador el ciudadano EZEQUIEL CALZADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.334.942, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo. Presente el ciudadano ROBERT VILLARROEL, titular de la cedula de identidad N° 8.363.873, a quien el Tribunal notifico de su misión.- acto seguido interviene la parte actora y expone: señalo para embargar ejecutivamente dos (02) motores eléctricos trifásico marca siemens allis, con sus soportes conectados a unas estructura de hierro en mal estado, con serial N° 51-372-290-018-1 y el segundo motor serial N° 51-372-185-008-3 con su respectivas bombas seriales N° 2332 y 2263, dos (02) tanques de color blanco aproximadamente de 600 barriles de capacidad en regular estado, dos (02) barandas de color blanco en mal estado, seis (06) tubos de diferentes medidas en regular estado y un (01) tanque de color negro con una estructura de hierro de color amarillo en regular estado, todos los bienes descritos están valorados por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) dicha información fue suministrada por el perito avaluador designado.- acto seguido interviene el representante de la depositaria judicial y expone: informo al Tribunal que los bienes señalados en este acto por la parte ejecutante se encuentra bajo la guarda y custodia de la depositaria judicial Monagas desde el 28 de Marzo de 2012, en virtud de embargo ejecutivo practicado por el Juzgado Primero Ejecutor del Estado Monagas.- Acto seguido interviene el Tribunal y expone: en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se declara embargado ejecutivamente los bienes arriba identificados por la parte actora y valorados por el perito avaluador designado, en la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (BS. 40.000,00) y por cuanto los bienes identificados se encuentran en custodia de la depositaria judicial se ordena que continúen bajo la guarda y custodia de la depositaria judicial ciudadano ROBERT VILLARROEL, quien jura continuar cuidándolo como buen padre de familia, es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la practica de la presente medida no género tasa o arancel alguno, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.
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