ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2013-000866

PARTE ACTORA: Ciudadano ASTURFO CORONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 10.309.130.

APODERADO JUDICIAL: Abogado JOSE LUIS ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.414.

PARTE DEMANDADO:. PROTECCIÓN VIRISA, C.A.

APODERADO JUDICIAL: Abogados HECTOR SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 82.193.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 14 de octubre de 2013, siendo la oportunidad para que tenga la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el abogado JOSE LUIS ABREU, apoderado judicial del accionante, también compareció el abogado HECTOR SANCHEZ, apoderados judiciales de la demandada. Ahora bien, en virtud de la acción incoada por prestaciones sociales, el accionante manifiesta que le cancelen la cantidad de Bs. 30.075,17. Las partes después de haber realizado los cálculos aritméticos en las audiencias y luego de fuertes deliberaciones, la parte demandada expone: A los fines de concluir con el presente juicio, ofrezco la cantidad de Bs. 20.000,00, pagaderos para el día de hoy 07 de noviembre de 2013. En este el demandante manifiesta la aceptación de la propuesta realizada por la parte demandada. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales.
El Tribunal señala que las cantidades de dinero objeto de este acuerdo deben ser consignados en la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación Laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO