ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2013-000917

PARTE ACTORA: Ciudadano RHONAR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad n° 22.717.517.

APODERADO JUDICIAL: Abogado ORLANDO ITRIAGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.722.

PARTE DEMANDADO: HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A..

APODERADO JUDICIAL: Abogado CARMELO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.616.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy 15 de octubre de 2013, siendo la oportunidad fijada para que tenga la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron la abogado ORLANDO ITRIAGO, quien presentó poder original, también compareció el abogado CARMELO GONZALEZ, apoderado judicial de la demandada. Ahora bien, en virtud de la acción incoada por prestaciones sociales y otros conceptos, el accionante manifiesta que le cancelen la cantidad de Bs. 14.485,91. Las partes después de haber realizado los cálculos aritméticos en las audiencias y luego de fuertes deliberaciones, la parte demandada expone: A los fines de concluir con el presente juicio, ofrezco la cantidad de Bs. 7.000,00, pagaderos para el día de hoy 25 de octubre de 2013. En este el apoderado judicial del demandante manifiesta la aceptación de la propuesta realizada por la parte demandada. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de enfermedad profesional.
El Tribunal señala que las cantidades de dinero objeto de este acuerdo deben ser consignados en la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación Laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO