REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Noveno (9°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de Octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2013-002886

Vista la diligencia suscrita por la abogada JUANA RIVAS IPSA No. 23.463, de fecha 29-10-13, en su carácter de apodera judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del presente procedimiento de CALIFICACIÓN DE DESPIDO y de la remisión a Consulta Obligatoria al Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto, en su decir, la solicitud de reenganche se esta tramitando ante la Inspectoría del Trabajo, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA tal Desistimiento por no ser contrario a derecho. En consecuencia, se deja sin efecto la orden de fecha 23 de octubre de 2013, emanada de este Juzgado, en la cual se acuerda remitir mediante oficio el presente asunto a la Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, siendo inoficiosa la consulta legal a dicha Sala visto el mencionado Desistimiento. En consecuencia, se ordena el cierre del presente asunto y su archivo definitivo. CÚMPLASE.
La Juez

La Secretaria

Abg. María Goncalves Do Espirito Santos Maria Dávila