REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Viernes 4 de Octubre del 2013.
203 y 154


ASUNTO: DP11-S-2013-000540.

Visto el escrito de TRANSACCIÓN POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES celebrado por la ex trabajadora SELIDA CRESPO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.694.187, asistida por la Abogada MERCEDES RIVAS RIVAS, inscrita en el IPSA bajo el Numero 147.969 y por la Empresa Sociedad Mercantil “GENERAL PACKING GF, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Aragua, el 25 de mayo de 1994, bajo el Nro. 22, Tomo 621-A, representada la Abogada MERLYS JOSEFINA PALMA ROCCA , inscrita en el IPSA bajo el Número 48.878 , donde las partes solicitan a este Tribunal la Homologación correspondiente y vista que la misma no es contraria a derecho y es producto de la conciliación, este Tribunal se pronuncia de la siguiente manera.

HOMOLOGACION

En virtud de que las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, Este Tribunal, Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral, del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- . Se ordena el cierre y archivo del presente expediente..- .Así se decide .-


LA JUEZA,




VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ




EL SECRETARIO,



ABG. HAROLYS PAREDES.