Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 10 de octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2013-017227
Vista la Solicitud de Cúratela presentada por el ciudadano DESIREE CRISTINA DIAZ BALDIRO mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-16.856.772, asistido por la Abogada IRIS ADRIANA GALARRAGA MORENO, inscrita en el Impreabogado bajo el N° 41.494; este Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona de la ciudadana MAURA TIBISAY BALDIRIO GARCES, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad N° V-5.525.086, el cargo de CURADORA AD-HOC, de la niña SE OMITEN DATOS. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surtan sus efectos legales correspondientes. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ,
Dr. RAFAEL VILLAVICENCIO PIÑA.-
LA SECRETARIA,
Abg. DAYANNA ESTABA.-
RVP//DE//JCBM.-
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