REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 21 de octubre de 2013.
203º y 154º
Vista la diligencia suscrita, el 16/10/2013, por la abogada en ejercicio Suahil López Herrera, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.051.925, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.501, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte solicitante, MARIA PAULA ARELLANO DE MEZZANA, CÉSAR ANTULIO MEZZANA ARELLANO, RAFAEL ENRIQUE MEZZANA ARELLANO, NILKA ROSA MEZZANA ARELLANO, DOMINGO ANDRÉS MEZZANA ARELLANO, DEYANIRA MEZZANA ARELLANO Y DANIEL ALBERTO MEZZANA ARELLANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-2.245.172, Nº V-3.518.441, Nº V-3.519.608, Nº V-4.226.122, Nº V-4.552.443, Nº V-7.248.885 y Nº V-7.253.446 respectivamente, donde expuso y solicito lo siguiente:
“(…) a) Se traslade y constituye en el Sector Guayabal del Predio La Margarita, ubicados en los Municipios Tovar y José Félix Ribas del Estado Aragua, a los fines de Inspeccionar y dejar constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: Si los ciudadanos DANIEL ORCIAL DÍAZ, BENIGNO ALFREDO ORCIAL DÍAZ, JOSÉ CECILIO ORCIAL DÍAZ, CRUZ ALEJANDRO HERNÁNDEZ, AGUSTÍN MONTENEGRO, CARLOS REYES, JESÚS ÁLVAREZ, RODOLFO ÁLVAREZ, y ENRIQUE SANABRIA, plenamente identificados en autos, continúan ocupando el predio. SEGUNDO: Si han continuado abriendo la carretera ilegalmente, a pesar de la medida de protección concedida por este Tribunal en actos de descarada desobediencia, irrespeto y desacato. TERCERO: Deje constancia de cualquier otro particular que señale al momento de la inspección (…) De verificar este Tribunal los hechos y las circunstancias aquí expuestas, pido conmine a los infractores al cumplimiento y acatamiento de la medida de protección de marras y cesen de inmediato cualesquiera actividades que siga constituyendo un detrimento flagrante y grosero del medio ambiente (…) Pido se ordene la apertura de la investigación penal respectiva, en cumplimiento de la Ley Penal del Ambiente anexando copia certificada de este expediente. Así mismo pido que oficie a la Guardia Nacional Bolivariana en su condición de guardería ambiental a fin de que hagan cumplir de manera forzosa el cese inmediato de las actividades dañosas e ilegales y ejerza las medidas policiales y administrativas con los informes de flagrancia respectivo contra los infractores a fin de que se cumpla el derecho constitucional a la salva guarda del medio ambiente y a la tutela jurídica efectiva del ambiente como ecosistema vivo y de los seres humanos presentes y futuros que tenemos derecho a un medio ambiente sano y efectivamente protegido. (…)”. (Cursiva de este Juzgado Agrario).
A los fines de proveer lo solicitado, esta Instancia acuerda fijar Inspección Judicial en la hacienda denominada “La Margarita”, ubicada en el sector guayabal entre los Municipios José Félix Ribas y Tovar de este estado Aragua, el día jueves siete (07) de noviembre de 2013, a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.); en consecuencia, se designa como prácticos a la ciudadana, KARLENA BELLO BENAVENTA, de profesión Ingeniera Agrónoma, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.512.410, adscrita a este Juzgado Agrario, la cual deberá manifestar la aceptación del cargo y se procederá a su correspondiente juramentación; a un experto Agrónomo adscrito a la Dirección Estadal Ambiental del estado Aragua; a un experto adscrito a la Coordinación de la Oficina Regional de Tierra del estado Aragua; asimismo se designará un practico fotógrafo previamente identificado en el acta de Inspección Judicial, igualmente adscrito a este Juzgado Agrario, el cual deberá manifestar la aceptación del cargo y se procederá a su correspondiente juramentación en el mismo acto. Se acuerda oficiar al Destacamento 21 de la Guardia Nacional, a objeto que preste la colaboración y asigne a tres (03) funcionarios para que acompañen a este Juzgado Agrario en la práctica de dicha Inspección Judicial. Se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional-Aragua, en el sentido de solicitar su colaboración para que facilite un vehículo para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios y entréguesele al Alguacil para su cumplimiento.
La Jueza,
ABG. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA.
La Secretaria,
ABG. NORMA ALVARADO GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,
ABG. NORMA ALVARADO GONZALEZ
Exp. 2.012-0008.
YHF/nag/kbb.-