REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua
Maracay, 02 de octubre de año 2013
203º y 154º

ASUNTO: DP11-L-2012-001109

ACTA DE AUDIENCIA

PARTE ACTORA: Ciudadano ERICK LEONARDO PERDOMO DE LA ROSA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.871.980 (NO COMPARECIO)

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO)

PARTE DEMANDADA: GRAN HOTEL LOS MORROS C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado LUIS ENRIQUE RUIZ REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.937.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día de hoy, miércoles, 02 de octubre de 2013, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el Ciudadano ERICK LEONARDO PERDOMO DE LA ROSA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.871.980 contra la Entidad de Trabajo GRAN HOTEL LOS MORROS C.A., se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la ciudadana Juez ABG. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS, con la asistencia de la Secretaria ABG. MILENE BRICEÑO y el Alguacil Ciudadano ANGEL ESSER, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. La Secretaria deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes POR LA PARTE ACTORA: Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por apoderado judicial alguno. POR LA PARTE DEMANDADA: Abogado LUIS ENRIQUE RUIZ REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.937. La ciudadana Juez vista la situación planteada por la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno y de conformidad con lo establecido en el articulo 151, Particular Primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara: DESISTIDA LA ACCION en la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el Ciudadano ERICK LEONARDO PERDOMO DE LA ROSA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.871.980 contra la Entidad de Trabajo GRAN HOTEL LOS MORROS C.A.. Asimismo se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano CARLOS VELASQUEZ. Dándose por cerrado el presente acto hoy dos (02) de octubre de 2013, siendo las 9:30 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,

ABG. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS





APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA

ABG. MILENE BRICEÑO




























ZDC/MB