REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 20 de Septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-005927
ASUNTO : NP01-P-2013-005927

De la revisión del sistema juris 2000, se observa que al acusado DAUNIS JOSE RONDON se le sigue asunto penal signado con el Nro. NP01-P-2011-023972, ante el Tribunal Cuarto de Juicio de esta Dependencia Judicial por la presunta comisión de los delitos de COAUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD.
Así las cosas, no existe dudas de que al acusado DAUNIS JOSE RONDON, se le siguen dos asuntos penales, los cuales se encuentran en fase de juicio, y el que se le sigue ante este Tribunal del Juicio es por la presunta comisión del delito de EVASION previsto y sancionado en el artículo 258 en relación con el artículo 259 del Código Penal, lo que evidencia que el Tribunal que le corresponderá realizar el Juzgamiento del mencionado acusado es el Tribunal Cuarto de Juicio, ya que le correspondió conocer el asunto penal cuya pena probable a imponer sería mayor, como corolario este Tribunal a fin de garantizar la unidad del Proceso consagrado en el Artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:
“Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.”. (Negrillas del Tribunal).

Por lo que efectivamente a este ciudadano se le está siguiendo actualmente dos procesos penales encontrándose los mismos en Fase de Juicio para el inicio de la AUDIENCIA, y al advertir que a ese Tribunal le correspondió conocer el asunto penal cuya pena probable a imponer sería mayor, considera quien decide que debe dársele cumplimiento a la norma procesal y debe seguirse un solo proceso al ciudadano DEUNIS JOSE RONDON, por lo se acuerda la remisión de las actuaciones NP01-P-2013-005927 al citado Tribunal de Juicio para la respectiva acumulación de las causas antes referidas y continuar el juzgamiento del mismo en un solo proceso, y por cuanto para el miércoles diez (10) de Octubre de 2013 a las 11:30 horas de la mañana estaba prevista el inicio del juicio oral y publico en este asunto la misma se deja sin efecto, para no alterar las fechas de la agenda que dispone el Tribunal que le corresponderá conocer del presente asunto, como consecuencia de la presente decisión. Y ASI SE DECIDE.

DECISION
Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” Acuerda PRIMERO: REMITIR las actuaciones al citado Tribunal de Juicio para la respectiva acumulación del asunto penal NP01-P-2013-005927 y continuar el juzgamiento del mismo en un solo proceso; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se deja sin efecto la audiencia del Juicio Oral y Público prevista para el Diez (10) de Octubre de 2013 a las 11:30 horas de la mañana, para no alterar las fechas de la agenda que dispone el Tribunal que le corresponderá conocer del presente asunto, como consecuencia de la presente decisión.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Jueza,

Abg. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA
La Secretaria

ABG. LUISA VIRGINIA CABEZA