REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 2 de Septiembre de 2013
203º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2011-000083
ASUNTO : NP01-D-2011-000083
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: VIOLACIÓN
RESOLUCIÓN: REVISION DE LA MEDIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplir la Medida de TRES (03) AÑOS bajo la Medida PRIVATIVA DE LIBERTAD, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal Vigente, lo hace en los siguientes términos:

En fecha 27 de Febrero de 2013, se Realiza el Computo y Ejecución de la medida PRIVATIVA DE LIBERTAD impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de TRES (03) AÑOS, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la adolescente: PATRICIA ARACELYS LLOVERA. Se determinó que el joven había permanecido Privado de Libertad por el lapso de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO Y TRES (03) DIAS. Asimismo se Acordó fijar Audiencia especial para Sustituir o no la Medida Privativa de Libertad.

En fecha 19/03/2013 se REVISA Y SUSTITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO, cuyos Reglas son: 1.- Continuar estudiando, o trabajando, debiendo consignar las respectivas constancias. 2.- No verse involucrado en otro hecho punible. 3.- Asistir al Departamento de Servicio Social, a los fines de ser orientado y Supervisado. 4.- No consumir Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas.

Igualmente, se observa que se recibió Informe presentado por la Licenciada Erika Lara quien manifiesta que el joven inició las presentaciones el 20/03/2013, desde la fecha cumple efectivamente con las entrevistas por ante el Departamento de Servicio Social, no se ha visto involucrado en otro hecho punible, es estudiante de la Misión Sucre en la Aldea universitaria Francisco Isnardi, cuenta con el apoyo familiar, siendo su pronostico favorable.

Asimismo, se observa que el joven ha cumplido con la medida por el lapso de CINCO (05) MESES Y TRECE (13) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, considerando este Tribunal procedente mantener la medida de Reglas de Conducta, a los fines de que el joven continúe recibiendo las orientaciones necesarias.

DISPOSITIVA


En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO, al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, quien ha cumplido CINCO (05) MESES Y TRECE (13) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS. La presente medida se revisará en fecha JUEVES 20 DE MARZO DE 2014. Ofíciese y Remítase Copia Certificada del la presente revisión al Departamento de Servicio Social. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN.


ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-


LA SECRETARIA,


ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.-