REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de Septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP41-U-2012-000271 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N
Vista la Sentencia Definitiva No. 2037 de fecha 31 de Mayo de 2013, mediante la cual declaró INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la ciudadana Matilde Vieira De Pita, titular de la Cédula de Identidad Nº E-900.952, en su carácter de representante del fondo de Comercio “FRUTERIA SAN JUAN”, Registro de Información Fiscal Nº. E-00990952-7, debidamente asistida por el abogado JOSÈ LUIS BLANCO, inpreabogado Nº. 72.496, contra las Resoluciones Nº. GRLL-DJT-RJ-2009-000072 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región de los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de fecha 12 de Junio de 2009, así como las planillas de Liquidación Nº 021001225000496, 021001225000497, 021001225000498, 021001225000499, 021001225000500, 021001225000501 y 021001225001183, y visto igualmente que en fecha 19 de Septiembre de 2013, se declaró Definitivamente Firme, en consecuencia, se declara terminada la causa y ordena el archivo definitivo del expediente.-
LA JUEZ
Abg. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA
LA SECRETARIA
Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA
La presente Sentencia Interlocutoria S/N, se dictó en fecha treinta (30) de Septiembre de 2013, siendo las tres y veintiocho (03:28 p.m.) Hora de la tarde.
LA SECRETARIA
ANAMAR HERRERA GUAITA
Asunto: AP41-U-2012-000271
BEOH/AHG/dasm.
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