REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Septiembre de 2013
203º y 154º
Asunto Nº: AP41-U-2013-000129
Sentencia Interlocutoria Nº: PJ0082013000182
Visto el escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributarios del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 8 de agosto de 2013, por la abogada María Lodis de Morales, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 36.795, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “CORPORACIÓN EMCETA, C.A.”, mediante el cual promovió las pruebas documentales, este Tribunal observa:
CAPITULO ÚNICO DOCUMENTALES: De conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código Orgánico Tributario y 429 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a los procedimientos contenciosos tributarios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 332 del primero de los códigos mencionados. Por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes se ADMITEN en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, conforme a lo previsto en el Parágrafo Único del artículo 270 del Código Orgánico Tributario
La Jueza Superior Titular
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade
La Secretario Accidental
Abighey Carolína Díaz Gaster
Asunto: AP41-U-2013-000129
DIGA/acdg/jg
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