REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua

Maracay, Jueves 19 de Septiembre del 2013.
203 y 154


ASUNTO: DP11-S-2013-000423.


Visto el escrito de TRANSACCIÓN POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES celebrado por la ex trabajadora GRACIELA YAMILET RODRÌGUEZ AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 14.319.342, asistida por la Abogada MAYERLING MALDONADO ALFONZO, inscrita en el IPSA bajo el Numero 94.513 y por la Ciudadana ROSA STAGNO DI BLASI, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Numero 3.202.467 , representada en este acto por el Abogado ORGLEN JOSÈ ALFONZO SUAREZ, inscrito en el IPSA bajo el Número 120.007 , donde las partes solicitan a este Tribunal la Homologación correspondiente y vista que la misma no es contraria a derecho y es producto de la conciliación, este Tribunal se pronuncia de la siguiente manera.

HOMOLOGACION

En virtud de que las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, Este Tribunal, Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral, del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- . Se ordena el cierre y archivo del presente expediente..- .Así se decide .-


LA JUEZA,




VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ




EL SECRETARIO,



ABG. HAROLYS PAREDES.