REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal PRIMERO de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 22 de Abril de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-010061
ASUNTO : NP01-P-2010-010061


AUTO ACORDANDO PERMISO EXTRAORDINARIO

Por recibido y visto oficio N°. 158-14 proveniente del Centro de Residencia Supervisada Miguel Antonio Blanco Guerra, mediante el cual el Consejo de Evolución de dicho ente, solicita Permiso Extraordinario a favor del penado JOHAN AUGUSTO AGUACHE SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.620.742, natural de Cumana Estado Sucre, donde nació en fecha 16/04/1991, de estado Civil: Soltero, de profesión Obrero, hijo de Diana Suárez, (v) y de Eliseo Aguache, (v), en tal sentido este Tribunal se pronuncia de la siguiente manera:

Se observa de al revisión del presente asunto penal que el penado JOHAN AUGUSTO AGUACHE SUAREZ, le fue concedido la Formula alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Régimen Abierto mediante Decisión de fecha en fecha 14-11-2013, previo el cumplimiento de los requisitos necesarios, imponiéndosele entre otras, la siguiente condición: “Realizar sus pernoctas en el Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra” donde acatara las normas que en dicho centro le imponga.”.

Ahora bien, el concejo peticionante hace tal requerimiento a fin que el penado JOHAN AUGUSTO AGUACHE SUAREZ se dirija hasta la ciudad de Caracas los días 25, 26, 27 y 28 de Abril del año que discurre, con el fin de participar en los “1° JUEGOS NACIONALES SIN MURO Y POR LA PAZ EN HONOR A NUESTRO LÍDER SUPREMO” que se estará realizando en el Parque Naciones Unidas ubicado en el Paraíso, Caracas los días 26 y 27, en tal sentido este Tribunal con apego a una de sus principales funciones, como es procurar que los penados logren su reinserción a la sociedad, siendo una de las vías la incorporación de los probacionarios al deporte y al estudio, considera que resulta procedente tal permiso Extraordinario, conforme al artículo 48 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios, ahora Centros de Residencias Supervisadas. Y así se Decide.


DECISION

En base a los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguientes pronunciamiento: ÚNICO: Declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Consejo de Evolución del Centro de Residencia Supervisada Miguel Antonio Blanco Guerra, y en consecuencia autoriza al penado JOHAN AUGUSTO AGUACHE SUAREZ para que viaje hasta la ciudad de Caracas los días 25, 26, 27 y 28 de Abril del año que discurre, con el fin de participar en los “1° JUEGOS NACIONALES SIN MURO Y POR LA PAZ EN HONOR A NUESTRO LÍDER SUPREMO” que se estará realizando en el Parque Naciones Unidas ubicado en el Paraíso, Caracas los días 26 y 27 de Abril de 2014.

Notifíquese a las partes e impóngase al penado de autos.

Se ordena Oficiar al Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra” informando lo aquí Decidido. Líbrese lo conducente.

Regístrese, y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.-

EL Juez,


ABG. LIBERARCE ARTIGAS OLIVEROS
El Secretario,

ABG. KEDYN CALDERON