REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 1 de Abril de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003160
ASUNTO : NP01-P-2011-003160

Por cuanto de la revisión de las actuaciones observa esta instancia que cursa a los autos informe psicosocial practicado en ocasión a la realización del plan nacional cayapa al ciudadano; JOSÉ TORIBIO DÍAZ BRAVO a tal efecto este Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:


De la revisión dispensada de las actuaciones se verifica que corre inserto a las actuaciones informe psicosocial practicado en ocasión a la realización del plan nacional cayapa al ciudadano: JOSÉ TORIBIO DÍAZ BRAVO, con pronostico favorable, así como la solicitud de la defensa quien requiere que se le otorgue el beneficio a su representado y quien consigno constancia de conducta sin embargo el informe psicosocial con pronostico favorable y la constancia de conducta no constituyen requisitos únicos y definitivos para la procedencia de las formulas alternativas de cumplimiento debe cumplirse con la gama de requisitos establecidos en el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en el caso que nos ocupa, el cual se aplica por extractividad de la ley y además de ello no tratarse de delitos relacionados con el trafico de drogas en todas sus modalidades por cuantos estos delitos son considerados de lesa humanidad y no les esta dado los beneficios procesales tal como se establece en la sentencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia , Sala Constitucional con ponencia de la Dra. Luisa Estela Morales Lamuño de fecha 26 de Junio de 2012 expediente Nº 11-0548.

Ahora bien es importante destacar que si bien es cierto esta instancia establece conforme al articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal anterior al Vigente el cual se aplica por extractividad de la ley las fechas en la cual se cumplen las medidas alternativas de cumplimiento de pena atendiendo la decisión emanada de la corte de apelaciones del Estado Monagas de fecha 18-07-2012 en el asunto NK01-P-2011-000003 vinculada con el recurso NP01-R-2012-000054, no es menos cierto que en la misma decisión se indica que aun cuando se establecen las fechas las misma no son procedentes en razón a la sentencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia , Sala Constitucional con ponencia de la Dra. Luisa Estela Morales Lamuño de fecha 26 de Junio de 2012 expediente Nº 11-0548, a tal efecto es por lo que en el caso in comento lo procedente y ajustado a derecho es declarar sin lugar la petición de la defensa y en consecuencia negar la formula alterativa de cumplimiento de pena en el caso in comento. Dada que la misma constituye un beneficio post pena. Y ASÍ SE DECIDE.


DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley es declara sin lugar la petición de la defensa y en consecuencia NIEGA la Formula alternativa de cumplimiento de pena al ciudadano: JOSÉ TORIBIO DÍAZ BRAVO, titular de la Cedula de Identidad V-16.808.732, en razón a la sentencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia , Sala Constitucional con ponencia de la Dra. Luisa Estela Morales Lamuño de fecha 26 de Junio de 2012 expediente Nº 11-0548. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA

ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.

LA SECRETARIA

ABG ROMINA TORO A.