REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 3 de Abril de 2014
203º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-011001
ASUNTO : NP01-P-2013-011001
Por recibido y visto en esta misma fecha escrito interpuesto por la defensa del penado: FERNANDO JOSÉ ECHANDIA ORTA mediante la cual requiere a este Tribunal el cambio de sitio de reclusión de su representado desde la Comandancia de la Policía Socialista del Estado Monagas, hasta el Internado Judicial de este Estado, a tal efecto este tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:
ÚNICO
De la revisión de la solicitud interpuesta por la defensa publica del penado: FERNANDO JOSÉ ECHANDIA ORTA, mediante la cual requiere a este Tribunal el cambio de sitio de reclusión de su representado, desde la Comandancia de la Policía Socialista del Estado Monagas hasta el Internado Judicial de este Estado fundando su pretensión en la información que le fue suministrada por su representado y familiares del mismo, los cuales se indica en la solicitud planteada le manifestación que su representado corría peligro en las instalaciones de la Comandancia de la Policía Socialista de este Estado, toda vez que actualmente se encuentra en un área aislada y va a ser pasado a los calabozos teniendo por su vida , en atención a lo requerido por la defensa y en aras de garantizar el derecho a la vida que asiste al penado; FERNANDO JOSÉ ECHANDIA ORTA, el cual constituye un derecho fundamental y se encuentra concebido en el articulo 43 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela como garantía de preeminencia constitucional, el cual es inviolable y esta protegido por el estado en tal sentido es por lo que este Tribunal DECLARA CON LUGAR la petición de la defensa y consecuencialmente ACUERDA EL CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN del penado FERNANDO JOSÉ ECHANDIA ORTA, titular de la Cedula de Identidad V- 20.935.208 desde la comandancia de la Policía Socialista de este Estado hasta el Internado Judicial del Estado Monagas con carácter de extrema urgencia, asimismo ACUERDA que se mantenga al penado resguardado en el sitio donde se encuentran u otro de mayor seguridad donde no sea expuesto a riesgos hasta tanto se materialice traslado aquí acordado. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución de esta Circuito Judicial Penal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la petición de la defensa y consecuencialmente ACUERDA EL CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN del penado FERNANDO JOSÉ ECHANDIA ORTA titular de la Cedula de Identidad V-20.935.208 desde la comandancia de la Policía socialista de esta Estado hasta el Internado Judicial del Estado Monagas, Con Carácter De Extrema Urgencia asimismo ACUERDA que se mantenga al penado resguardado en el sitio donde se encuentran u otro de mayor seguridad donde no sea expuesto a riesgos hasta tanto se materialice el traslado aquí acordado. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.
LA SECRETARIA
ABG ROMINA TORO A.