JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
MATURIN, PRIMERO (01) DE ABRIL DEL AÑO 2.014
203° y 155°
Vista la diligencia de fecha 25 de Marzo del corriente año, suscrita por el Abogado AQUILES G. LOPEZ RAMIREZ, actuando con el carácter acreditado en autos; en la cual solicita se deje sin efecto la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre los bienes inmueble protocolizados por ante la Oficina del Registro Subalterno del Municipio Sotillo; fundamentando dicho pedimento conforme a la transacción celebrada el día 03 de Noviembre del año 2.008, en el sentido de que las partes acordaron desistir de cualquier procedimiento judicial o administrativo existente que versara sobre la sucesión del De Cujus ERCOLE DE SANTIS DE RUBEIS.
Ahora bien, verificado el referido desistimiento acordado entre las parte, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, se SUSPENDE la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 24 de Noviembre del año 1.990, sobre los bienes inmuebles protocolizados por ante la Oficina del Registro Subalterno del Municipio Sotillo, bajo los siguientes asientos registrales: 1) N° 10, Protocolo 1°, 3er Trimestre, de fecha 10-07-1991, 2) N° 11, Protocolo 1°, de fecha 10-07-1991, 3) N° 12, Protocolo 1°, 3er Trimestre de fecha 10-07-1991, 4) N° 9, Protocolo 1°, 3er Trimestre, de fecha 09-07-1991, 5) N° 14, Protocolo 1°, de fecha 08-11-1965, 6) N° 79, Protocolo 1°, 2do Trimestre de fecha 27-06-78, 7) N° 18, Protocolo 1°, 4to Trimestre de fecha 19-12-1964, 8) N° 18, Protocolo 1°, 4to Trimestre de fecha 13-09-1965, 9) N° 73, Protocolo 1°, 4to Trimestre de fecha 21-11-77, 10) N° 12, Protocolo 1°, 1er Trimestre de fecha 04-03-1966, 11) N° 47, Protocolo 1°, 2do Trimestre de fecha 19-05-1994, 12) N° 27, Protocolo 1°, 4to Trimestre de fecha 04-11-1983, 13) N° 8 de la serie folios 17 al 18, Protocolo 1° de fecha 14-04-1994, 14) N°6, Protocolo 1°, 3er Trimestre de fecha 03-08-1966, 15) N° 19, Protocolo 1°, 4to Trimestre de fecha 17-11-1975, 16) N° 19 de la serie folios Vto. del 57 al 59, Protocolo 1°, N° 8, Protocolo 1°, de fechas 16-11-1971 y 03-05-1971, 17) N° 103, de la serie folios 10 al 11 y su Vto., Protocolo 1°, Adicional 5, 2do Trimestre del año 1984; y también que recayera sobre el Fundo Agroforestal denominado “LA VACA” ubicado en la Jurisdicción del Municipio Uracoa, Distrito Sotillo del Estado Monagas, cuyo linderos son los siguientes: NORTE: Carretera que conduce de Barrancas a Temblador; SUR: Fundo de Luigi de Santis, ESTE: Terreno ocupado por una Cooperativa; y OESTE: Fundo de la Sucesión Sebastián Salazar.
Se ordena librar oficio al Registro Subalterno del Municipio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con las inserciones respectivas, a los fines legales consiguientes. Líbrese.-
DR. ARTURO LUCES TINEO
EL JUEZ
LA SECRETARIA
ABOG. YARILUZ BOGARIN BRICEÑO
Exp. 26.245
AJLT/KC.-
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