REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de abril de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AP41-U-2014-000055.- INTERLOCUTORIA Nº 61.-
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 10 de abril de 2014, por el abogado Luarlin Josué Dávila Méndez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 214.954, actuando en su carácter de apoderado judicial del Municipio El Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda; por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.- DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos cursantes en autos, identificados con las letras A, B y C, y números 1, 2, 3 y 4 de dicho escrito.
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO: AP41-U-2014-000015.-
JSA/ojpp.-
|