REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LAS CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(203° y 155°)
Maracay, siete (7) de abril del año dos mil catorce (2014)


Por cuanto en fecha cuatro (04) de abril de 2014, venció el lapso de promoción y evacuación de pruebas en la presente causa, este Juzgado Superior Agrario, declara formalmente cerrado el mencionado lapso y se fija para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las once de la mañana (11:00 a.m.), la oportunidad para que tenga lugar una Audiencia Oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que las partes expongan los Informes correspondientes.
EL JUEZ


ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO


ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO



EXP. - JSAAC- 2014-0297
HBC/Dss/dn