REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 02 de abril de 2014
203° y 155°
Vista la solicitud de Inspección Judicial, presentada el día miércoles dos (02) de abril de 2014, por las ciudadanas DIMARY MORILLO y KIMBERLYN BEJARANO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.809.712 y V- 24.239.322, respectivamente, domiciliadas en el Sector la Planada, Potrero Perdido, La Colonia Tovar, Municipio Tovar del estado Aragua, debidamente asistidas por el Abogado en ejercicio, Larry Simón Morales Tellez, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.819.762, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 192.498; este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE la solicitud de Inspección Judicial, en el referido lugar, y se hará acompañar de expertos, a objeto de dejar constancia de lo que la parte actora solicita sobre los siguientes particulares, que son del tenor siguiente:
PRIMERO: De la ubicación, cabida y linderos del predio.
SEGUNDO: De la actividad económica productiva, tanto vegetal y forestal existente en el mismo.
TERCERO: De los bienes muebles con descripción de sus características, signos, señales y particulares que se encuentran en el respectivo predio rural.
CUARTO: De los bienes inmuebles, que contenga el mencionado predio rústico, si es el caso.
QUINTO: De cualquier otro hecho o situación que ha criterio de ese Tribunal o de la parte solicitante sea necesario dejar constancia para decretar la protección Cautelar de la protección cautelar de la producción y actividad agroalimentaria que pudiera existir en el fundo.
Esto a fin, de que esta Jueza forme un criterio, para así garantizar la tutela de lo peticionado, y al mismo tiempo, velar por los principios agrarios de orden público establecidos en la Ley que rige la materia; en consecuencia, acuerda fijar la práctica de la misma para el día lunes siete (07) de abril de 2014, a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.) cuando se constituirá “in situ” este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el Sector la Planada, Potrero Perdido, La Colonia Tovar, Municipio Tovar del estado Aragua. En consecuencia, se designa como práctico al ciudadano, PEDRO ELIAS RAMOS , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.733.887, de profesión Ingeniero Agrónomo, el cual deberá manifestar la aceptación del cargo y se procederá a su correspondiente juramentación. En este sentido, se ordena oficiar al ciudadano Pedro Elias Ramos, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.733.887, Ingeniero Agrónomo. Se ordena oficiar a un experto adscrito a la Dirección Estadal Ambiental del estado Aragua; a un experto adscrito a la Oficina Regional de Tierras del estado Aragua (ORT); Se ordena oficiar al Destacamento 21 de la Guardia Nacional Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela, a objeto que preste la colaboración y asigne a dos (02) funcionarios para que acompañen a este Juzgado Agrario en la práctica de dicha Inspección Judicial, a la Dirección Administrativa Regional- Aragua, en el sentido de solicitar su colaboración para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios y entréguesele al Alguacil para su cumplimiento.
La Jueza,
ABG. YOLIMAR T. HERNÁNDEZ FIGUERA.
La Secretaria,
ABG. NORMA ALVARADO GONZALEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,
ABG. NORMA ALVARADO GONZALEZ.
Exp. Nº 2014-0074.
YHF/nag/kbb.-