REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITANTES: ELISA ISABEL MENDEZ FELIPE y BENJAMIN JESUS LA
ROCHE MEJIAS.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº 12695
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 11 de Marzo de 2014, los ciudadanos ELISA ISABEL MENDEZ FELIPE y BENJAMIN JESUS LA ROCHE MEJIAS, la primera de nacionalidad española y el segundo venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº E-81.991.010 y V-11.087.119 respectivamente, cónyuges y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio EFRAIN ALBERTO BECERRA GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 9.021; presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde el 11 de Septiembre de 2008 están separados.
Admitida la solicitud en fecha 21 de Marzo de 2014, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 07 de Abril de 2014, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.
PARA DECIDIR SE OBSERVA:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, resultando procedente la solicitud de divorcio formulada.
|