REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSE ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Cagua, 24 de Abril de 2014
203° y 155°
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano RAUL RAMIREZ MEDINA, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.383.332, junto con sus recaudos, este Tribunal considera procedente y necesario hacer las siguientes consideraciones:
En materia de Derechos Humanos, existen personas que individualmente o junto con otras, se esfuerzan en promover y proteger los derechos económicos, sociales y culturales de los ciudadanos y ciudadanas, investigando casos de vulneración de esos derechos, reuniendo información sobre ellos y presentando informes al respecto a determinados funcionarios políticos y judiciales a fin de que se tenga en cuenta su labor de investigación y se examinen las posibles violaciones. Lo mas frecuente es que esa labor se lleve a cabo mediante Organizaciones No Gubernamentales (ONG), no obstante, es importante destacar que esas organizaciones están sujetas a un sencillo sistema para su constitución presentando el documento respectivo ante la Oficina del Registro Publico de la ciudad donde se ha establecido.
En otro orden de ideas, la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela establece derechos, garantías e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, correspondiéndole al Poder Ciudadano por medio de la Defensoría del Pueblo defender y vigilar los mismos conforme a sus estatutos y a las Leyes que lo rigen, a través de los Defensores Delegados, Especiales, Estadales y Municipales por ellos designados; de igual manera, la Gaceta Oficial Nº 410.452, establece el Decreto Nº 876, de fecha 03 de Abril de 2014, mediante el cual se crea el Consejo Nacional de Derechos Humanos dirigido a garantizar el libre ejercicio de los derechos humanos de los venezolanos, así como su protección y resguardo, en la búsqueda de la paz y la justicia social.
En consecuencia, por todo lo anteriormente expuesto y revisados y analizados exhaustivamente cada uno de los folios que conforman la presente solicitud, este Tribunal insta al solicitante para que realice el tramite correspondiente por ante el organismo competente. Cumplida como se encuentra esta actuación, devuélvase al solicitante.-
LA JUEZ
ABG. BARBARA ANGULO MORENO (FDO Y SELLO)-
LA SECRETARIA
ABG. JAZMIN GONZALEZ (FDO).
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA,
ABG. JAZMIN GONZALEZ. (FDO)
BAM/jbgm.yapm
Solicitud Nº 002-14.
|