REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 25 de Agosto de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000171
ASUNTO : NP01-D-2010-000171
JUEZA: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ROSMARY CORVO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: BENEFICIO DE GANADO AJENO EN GRADO DE COAUTORIA
MOTIVO: REVISION DE MEDIDA
De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplir UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y SIMULTANEAMENTE TRES (03) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, conforme lo establecido en los artículos 625 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del BENEFICIO DE GANADO AJENO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 09, numeral 7°, de la Ley penal de la protección a la actividad ganadera en concordancia con el articulo 83 del código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano JOSE NUÑEZ TOBIAS. Procediendo a hacerlo en los términos siguientes:
En fecha 18 de Marzo de 2014 se Ordenó la Ejecución de la sanción de UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y SIMULTANEAMENTE TRES (03) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, siendo impuesto en fecha 20/03/2014.
Ahora bien, se recibió Informe emanado del Departamento de Servicio Social de esta Sección de Adolescentes, en el cual se evidencia que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, inicia las presentaciones el 20/03/2014, desde la fecha asiste de manera responsable, no ha logrado reinsertar al sistema educativo, sin embargo se desempeña como ayudante de albañilería. Con respecto al Servicio Comunitario lo realiza en el Consejo comunal de Amana Abajo, siendo su pronóstico favorable.
Se observa, que el joven al día de hoy 25/08/2014 ha cumplido con la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de CINCO (05) MESES y CINCO (05) DIAS faltándole por cumplir SEIS (06) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS.
Como quiera que el joven ha cumplido con la medida impuesta, considera procedente este Tribunal Mantener las medidas de LIBERTAD ASISTIDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD a los fines de que el joven continué recibiendo las orientaciones necesarias. Se Acuerda Librar Oficio al Consejo Comunal de Amana Abajo.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Se REVISA Y MANTIENEN LAS MEDIDAS DE UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y SIMULTANEAMENTE TRES (03) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, (plenamente identificado), determinándose que ha cumplido de la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de CINCO (05) MESES y CINCO (05) DIAS faltándole por cumplir SEIS (06) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS. Se Acuerda Librar Oficio al Consejo Comunal de Amana Abajo. a los fines de que consigne constancia de inicio y culminación de Servicios a la Comunidad. Las medidas son revisables de conformidad con el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se fija la próxima Revisión para el día MARTES 25 DE NOVIEMBRE DE 2014. Impónganse al sancionado. Notifíquese a las partes, ofíciese y envíese copia certificada al Departamento de Servicio Social. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN.
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.
LA SECRETARIA,
ABG. ROSMARY CORVO.