REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 12 de Agosto de 2014.-
204º y 155º

EXPEDIENTE: AP11-O-2013-000094.-

Visto el anterior escrito presentado por el Ciudadano: LUIS CORSI GUARDIA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 31.357, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACION 14498, C.A., mediante el cual solicita la apertura del Procedimiento al Ciudadano: VICTOR BANGUESES PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 6.270.846, por desacato contra la Sentencia dictada con lugar en la Acción de Amparo por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 12 de Septiembre del 2013, en el presente expediente, alegando que a solicitud del referido Ciudadano, y en posible desacato al decreto de amparo, el Juzgado Séptimo de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 01 de Octubre del 2013, decretó una medida innominada idéntica a la declarada nula en el presente proceso, solicitando: Primero: Que declare la nulidad de las medidas decretadas por el referido Juzgado Séptimo, como extensión de los efectos del presente amparo, Segundo: Que determinada la culpabilidad por desacato condene al referido ciudadano y aplique las sanciones legales, y Tercero: se notifique de la suspensión de las medidas, al respecto el Tribunal observa:
Consta en las Actas procesales que la Acción de Amparo Constitucional fue ejercida en el presente expediente, en contra de la Medida Cautelar innominada y su auto complementario, dictados en fecha 30 de Mayo y 07 de Junio de 2013, por el Juzgado Décimo Primero de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, en el Juicio que por Nulidad de Asamblea, intentará la Sociedad Mercantil Tride Inversiones, S. A, contra las Sociedades Mercantiles Inversiones Copacking C.A., Corporación 14498, C.A.., Corporación 27288, C.A., Corporación 1512004, C.A., y el Ciudadano Víctor Bangueses Pérez, la cual fue decidida en la oportunidad correspondiente por este Tribunal mediante sentencia dictada en fecha 05 de Agosto del 2013, declarando inadmisible la acción, sobre la cual la accionante en amparo ejerció recurso de apelación, el cual fue decidido por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 12 de Septiembre del 2013, declarando con lugar la apelación, y por ende con lugar la acción de amparo constitucional, anulando la Medida Cautelar innominada y su auto complementario, dictados en fecha 30 de Mayo y 07 de Junio de 2013, por el Juzgado Décimo Primero de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial.-
Ahora bien, como se desprende al folio quinientos nueve (509) del presente expediente, diligencia suscrita por el solicitante, Abogado Luís Corsi Guardia en la cual solicitó la ejecución de la sentencia definitivamente firme y que puso fin al presente proceso en relación a las medidas innominadas anuladas por el Tribunal Superior en sede Constitucional dictadas por el Tribunal Décimo Primero de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial.
Así las cosas, este Juzgado en estricto acatamiento a lo ordenado por la alzada en fecha 18 de Diciembre de 2013, que riela al folio quinientos cuarenta y seis (546) decretó la ejecución de la sentencia dictada en fecha 12 de Septiembre de 2013, ordenando mediante Oficio Nº 0884 a la Ciudadana Juez Titular del Tribunal DécimoPrimero de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial que cumpliera con el dispositivo del fallo del Juzgado Superior que es del siguiente tenor, el cual se transcribe:
“PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 07 de agosto de 2013, por el abogado Luís Corsi Guardia, actuando en su carácter de Vicepresidente y apoderado judicial de la sociedad mercantil Corporación 14498, C.A., accionista de las empresas Inversiones Copacking, C.A. y Empresas Tapa Amarilla, C.A., en contra de la decisión dictada el 05 de agosto de 2013, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Inadmisible la demanda de Amparo Constitucional, interpuesta en contra de la sentencia dictada el 30 de mayo de 2013 por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la cual decretó medida innominada de suspensión de los efectos y decisiones relativas a la asamblea de accionistas de Inversiones Copacking, C.A., de fecha 30 de abril de 2013 y su auto complementario de fecha 07 de junio de 2013 en el cual se ordena al Registrador Mercantil Quinto se abstenga de registrar una asamblea de fecha 03 de junio de 2013 y cualquier otra en la cual Inversiones Copacking, C.A., sea accionista;
SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Luís Corsi Guardia, actuando en su carácter de Vicepresidente y apoderado judicial de la sociedad mercantil Corporación 14498, C.A., accionista de las empresas Inversiones Copacking, C.A. y Empresas Tapa Amarilla, C.A.; en contra de sentencia dictada el 30 de mayo de 2013 por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la cual decretó medida innominada de suspensión de los efectos y decisiones relativas a la asamblea de accionistas de Inversiones Copacking, C.A., de fecha 30 de abril de 2013 y su auto complementario de fecha 07 de junio de 2013 en el cual se ordena al Registrador Mercantil Quinto se abstenga de registrar una asamblea de fecha 03 de junio de 2013 y cualquier otra en la cual Inversiones Copacking, C.A., sea accionista, por la violación al derecho a la libre asociación, contenido en el artículo 52, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de los accionistas de Inversiones Copacking, C.A. y de Empresas Tapa Amarilla, C.A. En consecuencia, se anula la decisión del 30 de mayo de 2013 dictada por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la cual decretó medida cautelar innominada de suspensión de los efectos y decisiones relativas a la asamblea de accionistas de Inversiones Copacking, C.A., de fecha 30 de abril de 2013 y su auto complementario de fecha 07 de junio de 2013 en el cual se ordenó al Registrador Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, se abstuviera de registrar la asamblea de fecha 03 de junio de 2013 y cualquier otra en la cual Inversiones Copacking, C.A., no este representada por la Junta Directiva integrada por el ciudadano Vicente Trigo y/o Manuel Saravia.
TERCERO: Consecuente con lo decidido se REVOCA, la decisión recurrida que declaró Inadmisible la presente demanda de amparo constitucional.”

De tal manera, se evidencia que la presente Acción de Amparo Constitucional ya fue ejecutada por el Tribunal Undécimo de Municipio del Area Metropolitana de Caracas, mal podría este Despacho aperturar un procedimiento de desacato en contra del Ciudadano Víctor Bangueses Pérez, en un juicio distinto a los sustanciados, tramitados y sentenciados por este Tribunal y el Tribunal de alzada. Así como ordenar la suspensión de los efectos de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Municipio del Area Metropolitana de Caracas el 01 de Octubre de 2013, sin previo juicio ante este Juzgado. ASÍ SE DECIDE.-
En base de las consideraciones previamente expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: UNICO: NIEGA la solicitud efectuada por el Ciudadano: LUIS CORSI GUARDIA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 31.357, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACION 14498, C.A., de la apertura de un procedimiento al Ciudadano: VICTOR BANGUESES PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 6.270.846, por desacato contra el amparo dictado por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 12 de Septiembre del 2013, en el presente expediente.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del caso.-
Déjese copia certificada de la presente decisión por ante la Secretaría del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a los doce (12) días del mes de Agosto del año Dos Mil Catorce (2014).- Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS de MOY

EL SECRETARIO TITULAR,
Abog. LEONARDO C. MARQUEZ MANRIQUE


En esta misma fecha, siendo las __________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en el Copiador de Sentencias llevados por este Tribunal la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.

EL SECRETARIO TITULAR,



AMCdeM/LeoM/casu.-