REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ocho (08) de agosto de 2014
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 05 de agosto de 2014, presentada por la ciudadana MARISELA ZÚÑIGA MALPICA, titular de la cédula de identidad Nº 3.157.602, debidamente asistida por la abogada IRMA PERALTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 11.094, parte demandada, mediante la cual solicita la certificación de dos (02) juegos de copias consignados en dicho acto, contentivo de los siguientes folios que cursan en el presente expediente: del diecinueve (19) al veintiséis (26), ambos inclusive, doscientos treinta y uno (231) y su reverso, y del folio trescientos diecisiete (317) al trescientos veintidós (322), ambos inclusive. Este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda la certificación de lo consignado, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda. Todo en conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,

MARÍA ELVIRA REIS.
Exp Nº AP71-R-2014-000535
VJGJ/MER/lg