REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
PARTE ACTORA: SAMIR AL ALÍ
PARTE DEMANDADA SOCIEDAD MERCANTIL COPRORACION DIAZ TORRES
C.A.
MOTIVO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO OPCION A
COMPRA.VENTA
EXPEDIENTE: N° 14.965
Maracay, 12 de Agosto de 2014
204º y 155º
Vista la diligencia que antecede presentada por el ciudadano SAMIR AL ALI en su carácter de parte actora en el presente juicio, debidamente asistido el abogado en ejercicio MAURICE MOUKHALLALEH, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 113.231, mediante la cual desiste del Procedimiento este Tribunal le imparte su homologación, conforme a los términos contenidos en la misma, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia devuélvase el documento original que rielan desde el folio 09 al 10, las copia certificada que riela a los folios desde el 13 al 18 y del 25 al 30 del expediente, previa su certificación en autos por secretaría. Se da por término el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ
RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/nury
Exp. N° 14.965
Consignar fotostatos completos para certificar.-
EL SECRET
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