REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 13 de Agosto de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000987
ASUNTO : NP01-S-2013-000987


Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud interpuesta por la ciudadana Abogada MARIA ISABEL ROCCA, en sus carácter de Defensora Pública Tercera Especializada del Acusado JOSÉ GREGORIO ZARAGOZA, titular de la Cédula de Identidad, N° V.- 25.616.788, mediante lo cual solicitan: “…con carácter de urgencia traslado al Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, con la finalidad que se realice evaluación médica a su representado, por haber recibido impacto de bala en el pie derecho… ”. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho y de derecho en cual se fundamenta la Defensora Pública Tercera Especializada para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ACUERDA el traslado con la seguridad del caso del acusado JOSÉ GREGORIO ZARAGOZA, titular de la Cédula de Identidad, N° V.- 25.616.788, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, a los fines de sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral, y una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio

Abga. DULCE LOBATON B.

La Secretaria del Tribunal,

Abga. YOMAIRA PALOMO E.