REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 7 de Agosto de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000758
ASUNTO : NP01-S-2013-000758
Recibido y visto solicitud interpuesta por la ciudadana Abga. TAMARA ALEXANDRA PEREZ, en su carácter de Defensora Publica Cuarta Especializada del Acusado DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, mediante lo cual solicita a este Tribunal se ratifique el oficio N° 1JV-1235-14, dirigido al Jefe del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas, Ubicado en el Hospital “Dr. Manuel Núñez Tovar” Maturín, Estado Monagas, de fecha 23 de Julio de 2014, copia certificada del Informe Psiquiátrico de fecha 15 de Julio de 2014, suscrito por la médica Psiquiatrica Maria Villegas y la médica Psiquiatrica Dra. María Cartagena Directora del Hospital Psiquiátrico “Dr. Luís Daniel Beauperthuy”, practicado al prenombrado ciudadano, en virtud de que su defendido presenta traumatismo cráneo encefálico complicado con secuelas de encefalomalacia post-traumática en hemisferio cerebral izquierdo, y por sugerencia de la medica se requiere el cumplimiento estricto de tratamiento farmacológico supervisión familiar permanente, garantizándole su derecho a la salud consagrado en el articulo 83 de la Constitución de la República de Venezuela…”. Esta Juzgadora pasa hacer las siguientes consideraciones:
De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman la presente causa se evidencia que desde el inicio del presente proceso siendo estos Tribunales garantistas de los derechos humanos de los ciudadanos privados de libertad siendo una obligación indeclinable del Estado garantizarle el derecho a la salud se le ha ordenado en diversas oportunidades el traslado del acusado de marras hasta el Hospital Psiquiátrico “Dr. Luís Daniel Beauperthuy”, a fin de ser atendido, evaluado y medicado; ahora bien en fecha 17 de julio de 2014, se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial con competencia en los Delitos de Violencia contra la Mujer a petición de este Órgano Jurisdiccional oficio N° 45-14, anexo Informe Psiquiátrico de fecha 15 de Julio de 2014, suscrito por la médica suscrito por la médica Psiquiatrica Maria Villegas y la médica Psiquiatrica Dra. María Cartagena Directora del Hospital Psiquiátrico “Dr. Luís Daniel Beauperthuy”, practicado al ciudadano DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, el cual en su comentario a la letra dice: “…el paciente masculino de 25 años de edad con antecedentes de traumatismo cráneo encefálico complicado con secuelas de encefalomalacia post-traumática en hemisferio cerebral izquierdo, actualmente presenta alteraciones en la memoria, afecto, pensamiento y sensopercepción. Se sugiere reubicar en lugar libre de agentes estresores que le permitan cumplimiento estricto de tratamiento farmacológico supervisión familiar permanente; Así como consultas ambulatorias mensual por servicios de neurología y psiquiatría. Ameritando tratamiento farmacológico que le permitan mejorar su condición actual…”.
Asimismo de las actas procesales que conforman la presente causa se constata que en fecha 22 de julio de 2014, vista la recepción del Informe Psiquiátrico anteriormente descrito, este órgano jurisdiccional acordó: Ahora bien vista la revisión de medida solicitada por la Abogada TAMARA PEREZ, en su carácter de Defensora Publica Cuarta Especializada del Acusado DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648; este Tribunal acuerda remitir con carácter de urgencia copia certificada del informe antes descrito al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas, a los fines de que sea certificado por medico o medica forense, asimismo exponga a la mayor brevedad posible recomendaciones a este Órgano Jurisdiccional con la finalidad de emitir pronunciamiento en la presente solicitud: “… Por lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: PRIMERO: Remitir con carácter de urgencia Informe Psiquiátrico de fecha 15 de Julio de 2014, suscrito por la médica Psiquiatrica Maria Villegas y la médica Psiquiatrica Dra. María Cartagena Directora del Hospital Psiquiátrico “Dr. Luís Daniel Beauperthuy”, practicado al ciudadano DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, a los folios 163, 164,165, y 166 de la Primera pieza que conforma el presente asunto penal para su certificación. SEGUNDO: Se ordena oficiar a medico o medica forense a los fines de que emita a la mayor brevedad posible recomendaciones a este Órgano Jurisdiccional en relación al estado de salud del acusado DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, con la finalidad de emitir pronunciamiento a la petición solicitada por la ciudadana Abogada TAMARA PEREZ, en su carácter de Defensora Publica Cuarta Especializada. Líbrese oficio al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas, ubicado en el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” de esta ciudad de Maturín…”.
Ahora bien hasta la presente fecha no se evidencia resultas por parte de médico o médica forense adscrito al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas, en relación a la solicitud de certificación y recomendación que le solicitara este Órgano Jurisdiccional en fecha 23 de julio de 2014, según oficio N° 1JV-1235-2014, dirigido al Jefe del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas, Ubicado en el Hospital “Dr. Manuel Núñez Tovar” Maturín, Estado Monagas.
Por las consideraciones antes esgrimidas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: PRIMERO: Ratificar oficio N° 1JV-2310-2013, dirigido al Jefe del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas, Ubicado en el Hospital “Dr. Manuel Núñez Tovar” Maturín, Estado Monagas, de fecha 23 de julio de 2014, donde se remitió con carácter de urgencia Informe Psiquiátrico de fecha 17 de julio de 2014, suscrito por la médica Psiquiatrica Maria Villegas y la médica Psiquiatrica Dra. María Cartagena Directora del Hospital Psiquiátrico “Dr. Luís Daniel Beauperthuy”, practicado al ciudadano DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, para su certificación. SEGUNDO: Se ordena oficiar a medico o medica forense a los fines de que emita a la mayor brevedad posible recomendaciones a este Órgano Jurisdiccional en relación al estado de salud del acusado DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, con la finalidad de emitir pronunciamiento a la petición solicitada por la ciudadana Abga. TAMARA PEREZ, en su carácter de Defensora Pública Cuarta. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
La Jueza Primera de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal,
Abga. Graciela Circelli Jiménez.