REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 12 de Agosto del año dos mil catorce (2.014)
204° y 155°
Recibido como fue el expediente Nº DP02-G-2014-000036, remitido por este Juzgado mediante oficio Nº 1190-2014 de fecha 04 de julio de 2014, a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; siendo distribuido al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, el cual ordenó la entrada de la causa por auto de fecha 23 de julio de 2014, acordando posteriormente su remisión en fecha 31 de Julio de 2014 al juzgado de origen (Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial), exponiendo lo siguiente: “…en virtud de que a la fecha no consta en autos decisión sobre la declinatoria de competencia, en criterio de este Juzgador el expediente debe permanecer en su tribunal de origen hasta tanto sea decidida la declaratoria de competencia señalada…” Motivo por el cual este Tribunal Superior, ordena remitir el presente Expediente en alcance al oficio Nº 1189-2014 de fecha 04 de julio de 2014, al Juzgado Nacional Segundo de lo Contencioso Administrativo, con Sede en Caracas, Distrito Capital, a los fines de que conozca de la solicitud de regulación de competencia formulada. -Líbrese Oficio. Cúmplase. -
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA

ABOG. SLEYDIN REYES.

En la misma fecha se libró el Oficio signado con el Nro. 1513/2014.

LA SECRETARIA

ABOG. SLEYDIN REYES.

Asunto Principal: DP02-G-2014-000036.-
MGS/SR/DB.-