REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
204º y 155º
Maracay, 13 de Agosto de 2014

Vista la decisión dictada en fecha 12 de Agosto de 2014, en el presente expediente N° DP02-O-2013-000022, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano JOSÉ RAMÓN GUZMÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.542.052, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, EL INSTITUTO NACIONAL DE PARQUES (INPARQUES) REGION ARAGUA, Y EL PARQUE DE RECREACION DE CHORONI; éste Juzgado Superior Estadal ordena librar Oficios al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Girardot del Estado Aragua y al ciudadano Director del Instituto Nacional de Parques (INPARQUES) Región Aragua; así como Boleta de Notificación dirigida al ciudadano José Ramón Guzmán, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.542.052, a los fines de hacer de su conocimiento la referida decisión, mediante la cual éste Tribunal en sede constitucional declaró INADMISIBLE la acción interpuesta, ello de conformidad con el Artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Es todo.-¬ Líbrese dichos actos de comunicación. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING REYES


Exp. No. DP02-O-2013-000022
MGS/jh