REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, seis (06) de Agosto de 2.014
204° y 155°
Con vista al escrito presentado en fecha veinticinco (25) de julio de dos mil catorce (2014), por la ciudadana MARIA GABRIELA MOSQUERA YAÑEZ, titular de la cedula de identidad Nº 16.537.399, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSE HERRERA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.104, parte actora en el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, mediante el cual entre otras cosas, expone y solicita lo siguiente:
“(…) ocurro ante su competente autoridad a los fines de consignar nuevo reposo medico que me ha expedido la Dra Berzoret prada, medico Ginecólogo, quien ha diagnosticado que tengo Amenaza de Parto Prematuro. Dicho reposo medico ha sido debidamente certificado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales Omissis… la consignación por ante esta instancia judicial se debe a la falaz conducta mantenida por el Sindico Procurador Municipal del Municipio José Ángel Lamas, quien nuevamente se ha negado ha recibir el reposo, llevado por ante su instancia en vista que en su oficina este tribunal ordeno mi reincorporación, pero que jamás a girado instrucciones a la directora de recursos humanos de la alcaldía que tampoco los reciba, en vista que igualmente hice gestiones para consignarlo en dicha oficina.
Aprovechamos la oportunidad para ratificar la solicitud en curso sobre el desacato en que ha incurrido el ciudadano sindico municipal al mandato del tribunal sobre mi reincorporación al cargo ejercido hasta la ilegal remoción anulada, efectiva desde el 25 de junio de 2014, pero que solo he permanecido sentada en la misma silla de visitantes de la oficina de la sindicatura en la que usted me dejo sentada; amen de los días que he estado de reposo conforme igualmente he informado a la instancia.
Por las consideraciones anteriores, solicito que apertura el procedimiento de desacato a la sentencia judicial e instruya al fiscal del ministerio publico competente su tramite fiscal.
Ahora bien, este Órgano Jurisdiccional estima que la parte actora en la presente causa, solicita se ordene la apertura del procedimiento de desacato a la sentencia judicial dictada por este tribunal, no obstante se evidencia al folio ciento treinta y dos (132) acta de fecha 10 de Junio del presente año en la cual se deja expresa constancia que la ciudadana Maria Gabriela Mosquera Yañez, titular de la cedula de identidad N° 16.537.399 parte querellante en el presente juicio, fue debidamente reincorporada al cargo de Secretaria I o uno de igual jerarquía a partir de la fecha antes mencionada, dándose cumplimiento parcial a la sentencia de fecha 20/01/2012 en la cual se ordeno: al órgano querellado reincorporar en forma inmediata, a la ciudadana María Gabriela Mosquera Yáñez, portadora de la cédula de identidad N° V-16.537.399 al cargo de Secretaria de la Alcaldía del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, o a otro cargo de igual o superior jerarquía y remuneración con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir desde su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación, con las variaciones salariales que se hubieren experimentado en el tiempo que no requieran la prestación efectiva del servicio.
En ese sentido se comprende que el municipio ha dado cumplimiento parcial a la sentencia ut supra señalada, quedando por cumplir con el pago de los salarios dejados de percibir desde su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación, con las variaciones salariales que se hubieren experimentado en el tiempo que no requieran la prestación efectiva del servicio.
No obstante, cursa al folio ciento cincuenta y cuatro (154) auto de fecha 21 de julio del año 2014 en la cual se le solicito al ente querellado para que informen separada o conjuntamente sobre las gestiones y/o tramites administrativos internos tendientes a determinar la forma y oportunidad del pago de las cantidades a las cuales ha sido condenado el ente municipal, de igual forma, verificada como ha sido la reincorporación de la ciudadana María Gabriela Mosquera Yañez, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.537.399; se ordena librar una Boleta de Notificación al ciudadano Ywan Solovey, en su carácter de experto contable para que proceda a la actualización de la experticia complementaria del fallo, hasta el día 10 de Junio de 2014, fecha de la efectiva reincorporación de la querellante.
Es por ello, que este juzgado Superior se pronunciara sobre el desacato solicitado por la parte querellante una vez conste en auto las notificaciones ordenadas en fecha 21 de Julio de 2014 contentivo de los Oficios Números 1289/2014 y 1290/2014 Dirigidos al Ciudadano Sindico Procurador del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua y al Director de la Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua en cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación para que informen separada o conjuntamente sobre las gestiones y/o tramites administrativos internos tendientes a determinar la forma, estatus y oportunidad del pago de las cantidades a las cuales ha sido condenado el ente municipal por ende se insta a la parte actora a trasladar al ciudadano alguacil de este juzgado a fin de practicar las notificaciones ordenadas antes mencionadas es todo.-.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR
LA SECRETARIA
ABOG. REYES SLEYDIN
EXP DE01-G-2010-000184
Numeración antigua 10.010