REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 06 de Agosto de dos mil catorce (2014).
204° y 155°
Vista la decisión dictada por este Juzgado de fecha 25 de Julio de 2014, en la cual declaró INADMISIBLE La presente acción de Amparo Constitucional; este Tribunal Superior, ordena la práctica por Secretaria el cómputo de los tres (03) días hábiles siguientes que ordena el Artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales por decisión vinculante de la Sala Constitucional el Tribunal Supremo de Justicia, Nº 1307 de fecha 22 de junio de 2005, desde el día 31 de Julio de 2014 (exclusive), fecha en la cual consta en autos las resultas de las notificaciones ordenadas, hasta el día 05 de Agosto de 2014 (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES.
Quien suscribe, ABOG. Sleydin Andreina Reyes, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los tres (03) días hábiles, a que hace referencia el Artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales por decisión vinculante de la Sala Constitucional el Tribunal Supremo de Justicia, N°. 1307 de fecha 22 de junio de 2005, transcurrieron desde el día 31 de Julio de 2014 (exclusive), hasta el día 05 de Agosto de 2014 (inclusive), a saber: los días 01, 04 y 05 de Agosto de 2014.
LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES.
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 31 de Julio de 2014, exclusive, hasta el 05 de Agosto de 2014 inclusive, transcurrieron 03 días hábiles, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales por decisión vinculante de la Sala Constitucional el Tribunal Supremo de Justicia, Nº. 1307 de fecha 22 de junio de 2005, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 25 de Julio de 2014, este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia, ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES.
Exp. No. DP02-O-2014-000010.
MGS/SR/DB