REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 17 de diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AP11-V-2013-001454

Visto el escrito de prueba presentado en fecha veinte (20) de octubre de 2014, por el abogado JOSÉ ALBERTO YBARRA VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.831, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ANTONIO D` ALESSANDRO LISTA, titular de la cédula de identidad No. V-6.306.663, este Tribunal la admite, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes salvo su apreciación en la sentencia definitiva.-
Asimismo, por cuanto observa que las pruebas Documentales promovidas por la parte actora, las mismas no son manifiestamente ilegales ni improcedentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la sentencia definitiva que recaiga en la presente causa.
En cuanto a las testimoniales promovidas en el escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora, este Juzgado fija AL TERCER (3er.) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE AL PRESENTE AUTO, a las 9:30 a.m., 10:00 a.m., y 10:30 a.m., a fin de que tenga lugar la declaración de los ciudadanos GROVER ALEXANDER USTARIZ MORATINO, ANGELA ROJAS, LUZ BEATRIZ REQUINIVA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.965.335, 12.292.180 y 6.962.702, a los fines de que rindan declaración en el presente asunto.-
EL JUEZ,

DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA

Abg. GABRIELA PAREDES
AVR/GP/Gustavo.-
Asunto: AP11-V-2013-001454