REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, nueve (09) de diciembre de dos mil catorce (2014).- Años 204° y 155°
Visto los escritos de informe presentados por los abogados ALFREDO ALTUVE GADEA y DANIELA CARUSO GONZÁLEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, por una parte, y por la otra parte escritos de informes y observaciones por la abogada ZULEVA ALVAREZ en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, este Tribunal advierte a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los treinta (30) días continuos a partir de esta fecha.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
Maria Elvira Reis.
EXP:AP71-2014-001043