REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERO (11°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL
LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 04 de Diciembre de 2.014
203° y 154°
ACTA
Asunto: DP11-L-2014-001085.
PARTE ACTORA VICTOR ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.518.325.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANA PIÑA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 79.035.
PARTE DEMANDADA: GRUPO DE SEGURIDAD MUNDIAL C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: IRWIN SOLIS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 230.877.
MOTIVO PRESTACIONES SOCIALES
En horas de despacho del día de hoy, jueves cuatro (04) de Diciembre de 2014, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente asunto, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del tribunal y se declaro abierto el acto, comparece en este la demandada GRUPO DE SEGURIDAD MUNDIAL C.A, la ciudadana NORA DORTA SALAZAR, titular de la cedula de identidad numero 9.087.426, en su carácter de representante legal de dicha empresa, Jefe de Recursos Humanos, asistida por el profesional del derecho IRWIN EDUARDO SOLIS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 230.877, mientras que la parte demandante ciudadano VICTOR JOSE ESCALONA, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial, de cuya circunstancia se deja expresa constancia. Verificada la no asistencia de la parte demandante al acto de instalación de la audiencia preliminar, genera el efecto previsto en el articulo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir el desistimiento de procedimiento y la extinción del proceso, lo cual es declarado por esta instancia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman
EL JUEZ,
DR. PEDRO ROMAN MORENO.
POR LA PARTE DEMANDADA.
EL SECRETARIO
ABG. HAROLYS PAREDES.
|