REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 155°)

Maracay, diecisiete (17) de diciembre del año 2014

EXP.- JSAAC- 2014-0354

Oída la Apelación interpuesta por el abogado José Montilla, Defensor Publico Segundo Agrario adscrito a la Defensa Publica del estado Carabobo, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo de fecha veintiuno (21) de octubre del año 2014, en consecuencia este Juzgado Superior Agrario, fija un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en esta Alzada. Precluido el lapso probatorio, se fijará una Audiencia Oral, en la misma se evacuaran las pruebas y se oirán los informes de las partes. Verificada esta Audiencia se dictara sentencia en audiencia oral dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la preclusión de la misma. Todo esto de conformidad con la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su artículo 229.
EL JUEZ

ABG. HECTOR BENITEZ CAÑAS

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO








EXP. - JSAAC- 2014-0354
HBC/dss/jb