REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro
Maturín, primero (1°) de diciembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO: NP11-G-2014-000179

Vista la demanda de CONTENIDO PATRIMONIAL, interpuesta por los ciudadanos ASDRUBAL JOSÉ CUBERO y VICTOR RAMÓN CUBERO, titulares de la cédula de identidad Nro. V-8.372.892 Y V-6.921.252, respectivamente, actuando en su carácter de Presidente y Tesorero de la ASOCIACIÓN DE COOPERATIVA ASVIDAREO 04 R.L., asistidos por el abogado Jesús Rodríguez Ordosgoitti, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 39.004, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AGUASAY DEL ESTADO MONAGAS; este Tribunal se declara competente para conocer de la presente demanda de contenido patrimonial de conformidad con lo previsto en los artículos 9 numeral 8 y 25 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ADMITE la referida demanda cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, se ordena citar al Síndico Procurador Municipal del Municipio Aguasay del estado Monagas, así como al Alcalde de dicho Municipio, con la advertencia de que una vez que conste en autos las citaciones practicadas se fijará fecha y hora para que tenga lugar la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en el Estado Delta Amacuro, en Maturín, al primer (01) día del mes de diciembre de Dos mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza Temporal,


DORELYS BLANCO MALAVÉ
La Secretaria Temporal,


NILJOS LOVERA SALAZAR

En la misma fecha, siendo las dos cincuenta y nueve minutos de la tarde (2:59 pm), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Temporal,


Niljos Lovera Salazar



DBM/NLS/rl-
ASUNTO: NP11-G-2014-000179