REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 18 de Diciembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO: NP11-G-2014-000188

Vista la QUERELLA FUNCIONARIAL (Nulidad de Acto Administrativo) interpuesta por la ciudadana EDITH DEL VALLE FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.864.709, asistida en este acto por el abogado PEDRO URRIETA FIGUEREDO, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 38.455, contra la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, este Tribunal se declara competente para conocer de la presente querella de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE la referida querella en cuanto derecho se refiere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem.
En consecuencia, se ordena la citación del Procurador General del estado Delta Amacuro, para que comparezca por ante este juzgado a dar contestación a la querella, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, mas tres (3) días que se le concede por el término de la distancia, vencidos como se encuentren los quince (15) días hábiles a que se refiere el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, contados una vez que conste en autos su citación. Igualmente, se ordena notificar al Director de Recursos Humanos de la Procuraduría General del estado Delta Amacuro, y asimismo, se le solicita la remisión de los Antecedentes Administrativos de la ciudadana EDITH DEL VALLE FLORES, ampliamente identificada, los cuales deben ser remitidos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación y en caso de omitir o retardar los mismos, podrá ser sancionado por el tribunal con multa entre cincuenta (50) y cien (100) unidades tributarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los dieciocho (18) días del mes de Diciembre de dos mil catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza,


MARVELYS SEVILLA SILVA
La Secretaria Temporal,


NILJOS LOVERA SALAZAR

En la misma fecha, siendo las once y veintidos de la mañana (11:22 a.m.), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se ordenó su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Temporal,


NILJOS LOVERA SALAZAR



MSS/NLS/dv._.
ASUNTO: NP11-G-2014-000188