REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, Primero (01) de Diciembre de 2.014
204° y 155°
De la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente recurso de nulidad, se evidencio que en fecha 27 de noviembre del presente año, se llevo a cabo la celebración de la Audiencia de Juicio relacionada con la presente causa, mediante la cual se observa muy especialmente que la ciudadana Juez de este Juzgado Superior, una vez escuchados los alegatos y pedimentos efectuados tanto por las partes intervinientes, así como por la representación de la Fiscalía Superior del Ministerio Publico del estado Aragua, verifico que en el presente procedimiento no consta que hayan sido libradas las notificaciones dirigidas a las Partes Tercero Intervinientes en el presente juicio, por lo cual ordeno expedir por auto separado las notificaciones pertinentes a dichas partes; y que una vez constara en autos las referidas notificaciones, se procedería a la continuación de la Audiencia de Juicio.
En vista de lo ordenado en la referida Audiencia de Juicio, evidencia este Juzgado Superior que el presente recurso contencioso administrativo de Nulidad, fue interpuesto en fecha 12 de agosto de 2014, por los ciudadanos Edgar Daniel Briceño Riera y Otros, debidamente asistidos en ese acto por las ciudadanas abogadas Glenda Margarita Prado e Iliana Yusmary Carrillo, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 170.942 y 167.843 respectivamente, contra el Acto Administrativo emitido a través del pronunciamiento Jurídico Numero 023/2014, dictado en fecha 23 de mayo de 2014, por la Sindicatura Municipal de Francisco Linares Alcántara del estado Aragua.
Evidenciándose de igual manera, que al ser interpuesto el presente recurso de nulidad, en contra de un Pronunciamiento Jurídico emitido por la Sindicatura Municipal del Municipio Francisco Linares Alcántara, dirigido al Presidente de la Comisión del poder Popular de Ejidos, Terrenos Municipales, Hábitat y Vivienda, sobre un lote de terreno ubicado en la calle Carabobo con calle bolívar y calle santa rita, parcela 47, del barrio el Valle, no fueron libradas efectivamente las notificaciones dirigidas a las partes tercero intervinientes en el procedimiento seguido por la Sindicatura del Municipio hoy en dia recurrido.
Es por ello, que en vista de lo anteriormente expuesto y de lo ordenado en la Audiencia de Juicio celebrada en la presente causa, es por lo que siendo este Tribunal Superior, Garante de los Principios del Debido Proceso y el Derecho a la Defensa consagrados en la Constitución Nacional, ordena la notificación de los siguientes ciudadanos: Presidente de la Fundación Casa Bolivariana Luisa Cáceres de Arismendi, ciudadano Joao de Sousa, titular de la cedula de identidad N° 6.866.087, al Director de la Oficina de Ingeniería Municipal del Municipio Francisco Linares Alcántara y al ciudadano Director de la Oficina de Catastro del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, a los fines de que se hagan parte y tengan conocimiento del presente recurso de nulidad intentado por los ciudadanos Edgar Daniel Briceño Riera y Otras, contra la Alcaldía del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, y una vez conste en autos dichas notificaciones, el tribunal fijara la fecha y hora para que tenga lugar en la sede de este Despacho Judicial, la continuación de la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 27 de noviembre de 2014. Líbrese Oficio y Boleta de Notificación.
LA JUEZ TITULAR SUPERIOR
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES.
MGS/SR/gavs.
Exp. Nº DP02-G-2014-000159.-