REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 12 de Diciembre de 2014
204° y 155°.
Visto que en fecha 10 de Diciembre de 2014, éste Juzgado Superior Estadal dictó sentencia interlocutoria mediante la cual declaró la procedencia de la tercería adhesiva de la ciudadana Aida Martínez, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 7.274.111, respecto del asunto principal N° DP02-G-2014-000155, contentivo del Reclamo por Vías de Hecho, interpuesto por los ciudadanos Grecia Leticia Niño, José Gregorio Bernal Niño, Yurby Zulia Cisneros Guerra, Aquiles José Cordero, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 7.199.497, V.- 11.052.624, V.- 7.233.469 y V.- 3.966.066, respectivamente, asistidos por Abogados, contra la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, Servicio Autónomo de Tributación Municipal (SATRIM), y el Presidente del Instituto de los Mercados Municipales de Girardot (MERCAGIR). Y por cuanto, previamente a dicho pronunciamiento la ciudadana antes mencionada solicitó que "Omissis... sea impuesta una medida de paralización de las adjudicaciones de los locales [ubicados en el Centro Comercial de la Economía Social] en función de garantizar nuestros derechos como ciudadanos, venezolanos, trabajadores y poseedores legales y pacíficos de los locales señalados,…” Es por lo que éste Juzgado Superior Estadal ordena la apertura del Cuaderno Separado para la tramitación de la medida solicitada, a los fines de resolverla dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes, Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Es todo.-
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES
Exp.- DP02-G-2014-000155
MGS/SR/JH