REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Nueve (09) de Diciembre de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Vista la consignación realizada por el ciudadano alguacil de este Despacho Judicial, en fecha 01 de diciembre de 2014, mediante la cual deja constancia de haber practicado la notificación dirigida a la ciudadana Margen Carolina Barrios Barrios, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 14.104.591, mediante la cual se le notifica de la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 05 de Marzo de 2012, en la que se declaro Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial; en consecuencia, Este Tribunal Superior ordena la práctica por Secretaria, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, desde el día 01 de diciembre de 2014 (exclusive) Fecha en la cual consta en autos la notificación realizada a la ciudadana Margen Carolina Barrios Barrios, hasta el día 08 de diciembre de 2014 (inclusive) Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,

ABG. SLEYDIN REYES.

Quien suscribe, ABG. SLEYDIN REYES, Secretaria temporal del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, transcurrieron desde el día 01 de Diciembre de 2014 (exclusive), hasta el día 08 de diciembre de 2014 (inclusive), a saber los días 02, 03, 04, 05 y 08 de diciembre de 2014.

LA SECRETARIA,

ABG. SLEYDIN REYES.

Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 01 de Diciembre de 2014, (exclusive), hasta el 08 de diciembre de 2014 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 05 de marzo de 2012, este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.



Exp. No. DE01-G-2009-000137.-
ANTIGUO 9.537
MGS/SR/gavs.